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Me lesionaron en un accidente de tránsito: ¿cómo reclamo?

Cómo reclamar los daños tras un accidente de tránsito, quiénes responden solidariamente y por qué el parte va al Juzgado de Policía Local. Según la Ley de Tránsito.

Última actualización: 2026-06-22

Puedes reclamar la indemnización de los daños contra quienes responden solidariamente: el conductor, el propietario y el tenedor del vehículo (artículo 174 de la Ley de Tránsito). En accidentes con daños o lesiones leves, la denuncia va al Juzgado de Policía Local (artículo 185), sede donde suele tramitarse el cobro civil.

Contra quién puedes reclamar De los daños o perjuicios causados con un vehículo responden solidariamente el conductor, el propietario y el tenedor, salvo que estos últimos acrediten que el auto se usó contra su voluntad (artículo 174 de la Ley de Tránsito). Esto te da más de un responsable a quién dirigir el cobro.

Dónde se tramita En accidentes con daños o lesiones leves, Carabineros envía la denuncia y los documentos al Juzgado de Policía Local correspondiente (artículo 185 de la Ley de Tránsito). Ese tribunal es clave, porque en su sede suele plantearse la demanda civil por los perjuicios.

El deber del otro conductor Recuerda que, ante lesiones, el conductor estaba obligado a detenerse, auxiliar y dar cuenta (artículo 183); su incumplimiento o fuga refuerza tu posición.

Qué hacer 1. Reúne prueba: parte policial, fotos, atención médica, testigos y peritajes. 2. Cuantifica tus daños: gastos médicos, lucro cesante, daño moral, reparaciones. 3. Identifica a todos los responsables (conductor y propietario). 4. Plantea tu reclamo o demanda en la sede correspondiente, dentro de plazo. 5. Pregúntale a AbogaBot para ordenar tu caso y la base legal antes de demandar.

> La estrategia de cobro y los plazos dependen del caso concreto: conviene verificarlos.

Preguntas frecuentes

¿A quién le reclamo la indemnización por un accidente?

Puedes reclamar al conductor y también al propietario y tenedor del vehículo, que responden solidariamente por los daños (artículo 174 de la Ley de Tránsito), salvo uso contra su voluntad.

¿Dónde se demanda por los daños de un accidente?

En accidentes con daños o lesiones leves, la denuncia va al Juzgado de Policía Local (artículo 185 de la Ley de Tránsito), sede donde habitualmente se plantea el cobro civil.

¿Qué pruebas necesito para reclamar?

Parte policial, fotos del accidente, atención y certificados médicos, testigos, presupuestos de reparación y todo lo que acredite el daño y su monto.

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Esta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.