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Manejar con alcohol: ¿cuáles son los límites y qué arriesgo?

Diferencia entre conducir bajo la influencia del alcohol y en estado de ebriedad, los límites de 0,3 y 0,8 g/L y las sanciones reales según la Ley de Tránsito.

Última actualización: 2026-06-22

Hay dos tramos: bajo la influencia del alcohol (desde 0,3 y menos de 0,8 g/L de alcohol en la sangre) y estado de ebriedad (0,8 g/L o más). Conducir bajo la influencia se castiga con multa y suspensión de licencia (artículo 196 C de la Ley de Tránsito); en estado de ebriedad la pena sube a presidio y multa (artículo 196 E).

Los dos límites que tienes que conocer La ley distingue según el alcohol en la sangre: - Bajo la influencia del alcohol: desde 0,3 y menos de 0,8 gramos por litro. - Estado de ebriedad: 0,8 gramos por litro o más.

Estos límites rigen desde la "tolerancia cero" (que bajó el umbral de la influencia de 0,5 a 0,3). Está prohibido conducir habiendo bebido por sobre esos niveles (artículo 115 A de la Ley de Tránsito).

Qué arriesgas en cada caso - Bajo la influencia, sin causar daños o con daños/lesiones leves: multa de 1 a 5 UTM y suspensión de la licencia por un mes; si causas lesiones menos graves, la pena sube (artículo 196 C). - En estado de ebriedad, aunque no causes daños: presidio menor en su grado mínimo y multa de 2 a 10 UTM; con lesiones graves o muerte, las penas son mayores (artículo 196 E). - Reincidencia: ser responsable tres veces de conducir bajo la influencia en 12 meses, o tres veces en estado de ebriedad en 24 meses, lleva a la cancelación de la licencia (artículo 209).

El control de Carabineros Carabineros puede someterte a una prueba respiratoria (alcotest) o de otra naturaleza para detectar alcohol (artículo 189 de la Ley de Tránsito). Negarte tiene consecuencias propias.

Qué hacer 1. Si bebiste, no manejes: el límite real para sanción parte en 0,3 g/L. 2. Si te controlan, coopera con el procedimiento y pide que quede registro de todo. 3. Si te imputan ebriedad, recuerda que es un delito con pena de presidio, no una simple multa. 4. ¿Necesitas entender tu situación exacta? Pregúntale a AbogaBot con los detalles de tu caso.

> Los montos en pesos de la UTM cambian mes a mes: conviene verificar el valor vigente.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuántos gramos de alcohol es infracción manejar?

Desde 0,3 g/L se considera conducir bajo la influencia del alcohol; desde 0,8 g/L es estado de ebriedad. Bajo la influencia se sanciona con multa y suspensión (artículo 196 C de la Ley de Tránsito); la ebriedad, con presidio y multa (artículo 196 E).

¿Conducir ebrio es delito o solo multa?

Es delito. Conducir en estado de ebriedad (0,8 g/L o más) se castiga con presidio menor en su grado mínimo y multa, incluso sin causar daños (artículo 196 E de la Ley de Tránsito).

¿Pueden quitarme la licencia por manejar con alcohol?

Sí. Conducir bajo la influencia implica suspensión de la licencia, y la reincidencia (3 veces bajo la influencia en 12 meses o 3 veces ebrio en 24 meses) lleva a la cancelación (artículo 209 de la Ley de Tránsito).

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Esta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.