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Me llegó un parte de tránsito: ¿lo pago o lo reclamo?

Qué hacer cuando te cursan un parte: cómo se clasifican las infracciones, ante quién se reclama y qué pasa si no pagas. Guía clara según la Ley de Tránsito.

Última actualización: 2026-06-22

Un parte es una denuncia por infracción que Carabineros envía al Juzgado de Policía Local que corresponde a la comuna donde ocurrió (artículo 185 de la Ley de Tránsito). Ahí puedes pagar la multa (allanarte) o reclamar presentando tus descargos. Cuánto arriesgas depende de si la infracción es leve, menos grave, grave o gravísima.

¿Qué es un parte y a dónde va? El "parte" es una denuncia por infracción. Carabineros la cursa y la remite, junto con tus documentos, al Juzgado de Policía Local (JPL) de la comuna donde ocurrió el hecho (artículo 185 de la Ley de Tránsito). No es una "boleta" que se paga en cualquier parte: es un proceso ante un tribunal.

Las infracciones se clasifican (y eso define la multa) La Ley de Tránsito ordena las infracciones en cuatro niveles: - Gravísimas: por ejemplo, no detenerse ante luz roja o señal PARE, o conducir sin licencia (artículo 197). - Graves: como conducir en condiciones físicas o psíquicas deficientes, o con una licencia distinta a la que corresponde (artículo 198). - Menos graves: por ejemplo, estacionar o detenerse en lugares prohibidos (artículo 199). - Leves: todas las demás transgresiones que no estén en las categorías anteriores (artículo 200).

A mayor gravedad, mayor multa (medida en UTM) y más riesgo de suspensión de licencia.

¿Pagar o reclamar? 1. Pagar (allanarse): reconoces la infracción y pagas la multa que fije el tribunal. Es lo más rápido si el parte es correcto. 2. Reclamar: presentas tus descargos y pruebas ante el JPL dentro del plazo que indique la citación. Sirve si el parte tiene errores (patente equivocada, hora/lugar mal, señalización inexistente). 3. Revisa siempre los datos del parte: fecha, hora, lugar, patente y la infracción imputada. Un error de fondo puede ser motivo de reclamo. 4. Guarda fotos y evidencia del lugar si vas a impugnar. 5. ¿Tu caso es dudoso? Pregúntale a AbogaBot y te orienta con la ley antes de decidir.

Preguntas frecuentes

¿Dónde se paga o reclama un parte de tránsito?

En el Juzgado de Policía Local de la comuna donde ocurrió la infracción, que es donde Carabineros envía la denuncia (artículo 185 de la Ley de Tránsito). Ahí puedes allanarte y pagar, o presentar tus descargos.

¿Qué pasa si ignoro el parte y no hago nada?

El tribunal puede resolver igual y la multa queda impaga, lo que se anota en el Registro y puede acumularse con otras infracciones, derivando incluso en suspensión de la licencia. Conviene responder dentro de plazo.

¿Conviene siempre reclamar para no pagar?

No. Reclamar tiene sentido cuando el parte tiene errores o no corresponde. Si la infracción es real, allanarse suele ser más rápido y barato que un proceso que igual puedes perder.

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Esta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.