Artículo 152 BIS G

Artículo 152 BIS GCódigo del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si un club deportivo intenta engañar o esconder beneficios laborales que te corresponden por contrato utilizando cualquier truco o subterfugio, la ley castigará a la entidad deportiva con las multas que se establecen específicamente en el artículo 152 bis L.

Texto oficial

Artículo 152 bis G.- La entidad deportiva que utilizando cualquier subterfugio, oculte o simule beneficios o prestaciones laborales que tengan como NOTA: causa el contrato de trabajo, será sancionada de conformidad a lo establecido en el artículo 152 bis L. NOTA: El artículo 2º de la LEY 20178, publicada el 25.04.2007, dispone que la presente norma, entrará en vigencia el día 1º del mes subsiguiente al de su publicación.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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