Artículo 182 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Tu empleador tiene prohibido ponerte trabas o impedirte participar en cursos de capacitación que cumplan con los requisitos del Estatuto de Capacitación y Empleo. Si tu jefe incumple esto, será sancionado según lo que dice esa misma ley.
Art. 182. Prohíbese a los empleadores adoptar medidas que limiten, entraben o perturben el derecho de los trabajadores seleccionados para seguir los cursos de capacitación ocupacional que cumplan con los requisitos señalados en el Estatuto de Capacitación y Empleo. La infracción a esta prohibición se sancionará en conformidad a este último cuerpo legal.
Fuente: BCN / LeyChile ↗