Artículo 22 Transitorio — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Aunque el Código del Trabajo fue modificado por la Ley N.º 19.759, los sindicatos que ya estaban afiliados a confederaciones sindicales antes de la publicación de esa ley tienen el derecho garantizado de mantener su afiliación, sin importar las restricciones nuevas que se hayan establecido.
Art. 22 No obstante lo dispuesto en el artículo 266 del Código del Trabajo, en la forma modificada por la Ley Nº 19.759, los sindicatos afiliados a confederaciones sindicales a la fecha de publicación de la referida ley, podrán mantener su afiliación a ellas.
Fuente: BCN / LeyChile ↗