Artículo 259

Artículo 259Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Los bienes del sindicato son exclusivos de la organización, no de los socios. Ni siquiera al disolverse el sindicato, los bienes pasan a manos de los trabajadores. Deben usarse solo para los fines del sindicato o pasarse a otra organización similar.

Texto oficial

Art. 259. El patrimonio de una organización sindical es de su exclusivo dominio y no pertenece, en todo ni en parte, a sus asociados. Ni aún en caso de disolución, los bienes del sindicato podrán pasar a dominio de alguno de sus asociados. Los bienes de las organizaciones sindicales deberán ser precisamente utilizados en los objetivos y finalidades señalados en la ley y los estatutos. Disuelta una organización sindical, su patrimonio pasará a aquella que señalen sus estatutos. A falta de esa mención, el Presidente de la República determinará la organización sindical beneficiaria.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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