Artículo 417

Artículo 417Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Estos juzgados son tribunales especiales que forman parte del Poder Judicial. Ten en cuenta que sus jueces tienen la categoría de Jueces de Letras y, cuando este título no diga algo distinto, se aplican las reglas del Código Orgánico de Tribunales.

Texto oficial

Artículo 417. Los juzgados a que se refieren los artículos anteriores son tribunales especiales integrantes del Poder Judicial, teniendo sus magistrados la categoría de Jueces de Letras y les son aplicables las normas del Código Orgánico de Tribunales en todo aquello no previsto en este título.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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