LEY 12909

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Reemplaza el artículo 46° del decreto con fuerza de ley 1.340 bis, de 6 de agosto de 1930, Orgánico de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.

Ley 12909 · 1 artículos · Versión BCN: 1958-07-28 · Ver en LeyChile ↗

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