Artículo 296 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Para disolver el sindicato, la asamblea debe estar de acuerdo por mayoría absoluta. La reunión debe ser extraordinaria, avisada con tiempo según los estatutos, y el acuerdo debe registrarse en la Inspección del Trabajo correspondiente para que sea oficial.
Art. 296. La disolución de una organización sindical procederá por el acuerdo de la mayoría absoluta de sus afiliados, celebrado en asamblea extraordinaria y citada con la anticipación establecida en su estatuto. Dicho acuerdo se registrará en la Inspección del Trabajo que corresponda.
Fuente: BCN / LeyChile ↗