Artículo 328

Artículo 328Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

En el proyecto de contrato, el sindicato debe incluir sus propuestas, duración, quiénes integran la comisión negociadora, direcciones de contacto y la lista de socios. También pueden añadir explicaciones y antecedentes que apoyen lo que están pidiendo al empleador.

Texto oficial

Art. 328.- Contenido del proyecto de contrato colectivo. En la presentación del proyecto de contrato colectivo se deberán explicitar, a lo menos, las cláusulas que se proponen, la vigencia ofrecida, la comisión negociadora sindical y el domicilio físico y electrónico de el o los sindicatos respectivos. En esta misma oportunidad deberán presentar la nómina de los trabajadores que hasta ese momento se encuentren afiliados. El sindicato podrá explicar los fundamentos de su propuesta de contrato y acompañar los antecedentes que sustenten su presentación.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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