Artículo 327 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
La negociación colectiva reglada comienza formalmente en el momento preciso en que el sindicato o los sindicatos le entregan al empleador su proyecto de contrato colectivo propuesto.
Art. 327.- Inicio de la negociación colectiva reglada. La negociación colectiva se inicia con la presentación del proyecto de contrato colectivo por parte de el o los sindicatos al empleador.
Fuente: BCN / LeyChile ↗