Artículo 423 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Puedes demandar en el tribunal del domicilio de tu empleador o donde prestaste tus servicios, a tu elección. Si te mudaste por motivo del contrato, también puedes demandar en tu nuevo domicilio. No se puede cambiar esta competencia mediante acuerdos entre las partes.
Artículo 423. Será Juez competente para conocer de estas causas el del domicilio del demandado o el del lugar donde se presten o se hayan prestado los servicios, a elección del demandante, sin perjuicio de lo que dispongan leyes especiales. La competencia territorial no podrá ser prorrogada expresamente por las partes. Asimismo, podrá interponerse la demanda ante el tribunal del domicilio del demandante, cuando el trabajador haya debido trasladar su residencia con motivo del contrato de trabajo y conste dicha circunstancia en el respectivo instrumento.
Fuente: BCN / LeyChile ↗