Artículo 472 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Por regla general, no puedes apelar las decisiones que se toman durante este proceso de cobro, salvo en el caso específico del artículo 470.
Art. 472. Las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados por este Párrafo serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470.
Fuente: BCN / LeyChile ↗