Artículo 490

Artículo 490Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Tu denuncia debe incluir los datos básicos, un relato claro de los hechos y todas las pruebas que tengas. Si te falta presentar algo, el juez te dará un plazo único e improrrogable de cinco días para que lo entregues al tribunal.

Texto oficial

Artículo 490.- La denuncia deberá contener, además de los requisitos generales que establece el artículo 446, la enunciación clara y precisa de los hechos constitutivos de la vulneración alegada acompañándose todos los antecedentes en los que se fundamente. En el caso que no los contenga, se concederá un plazo fatal de cinco días para su incorporación.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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