Artículo 490 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Tu denuncia debe incluir los datos básicos, un relato claro de los hechos y todas las pruebas que tengas. Si te falta presentar algo, el juez te dará un plazo único e improrrogable de cinco días para que lo entregues al tribunal.
Artículo 490.- La denuncia deberá contener, además de los requisitos generales que establece el artículo 446, la enunciación clara y precisa de los hechos constitutivos de la vulneración alegada acompañándose todos los antecedentes en los que se fundamente. En el caso que no los contenga, se concederá un plazo fatal de cinco días para su incorporación.
Fuente: BCN / LeyChile ↗