Artículo 51

Artículo 51Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Cualquier dinero extra que recibas por parte de la empresa y que esté expresamente pactado como un adelanto o parte de las utilidades, podrá ser descontado de la gratificación legal que te corresponda recibir al final del ejercicio comercial correspondiente.

Texto oficial

Art. 51. En todo caso, se deducirán de las gratificaciones legales cualesquiera otras remuneraciones que se convengan con imputación expresa a las utilidades de la empresa.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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