Artículo 64 BIS — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Art. 64 Bis. DEROGADO NOTA: NOTA: El Art. segundo transitorio de la LEY 20123, publicada el 16.10.2006, estableció que la derogación del presente artículo regirá a contar de 90 días después de su publicación.
Fuente: BCN / LeyChile ↗