Artículo 63 BIS

Artículo 63 BISCódigo del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Al terminar tu contrato, el empleador debe pagarte todo lo que se te adeude en un solo acto al momento de firmar el finiquito. Si ambas partes están de acuerdo, pueden pactar el pago de estas sumas en cuotas, siguiendo las reglas legales vigentes.

Texto oficial

Artículo 63 bis.- En caso de término del contrato de trabajo, el empleador estará obligado a pagar todas las remuneraciones que se adeudaren al trabajador en un solo acto al momento de extender el finiquito. Sin perjuicio de ello, las partes podrán acordar el fraccionamiento del pago de las remuneraciones adeudadas y dicho pacto se regirá por lo dispuesto en la letra a) del artículo 169.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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