Artículo 68 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Después de diez años trabajando, ya sea para uno o más empleadores, ganas un día extra de vacaciones por cada tres años adicionales de servicio. Puedes negociar este beneficio de forma individual o colectiva, pero solo se cuentan hasta diez años con empleadores anteriores.
Art. 68. Todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrá derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados, y este exceso será susceptible de negociación individual o colectiva. Con todo, sólo podrán hacerse valer hasta diez años de trabajo prestados a empleadores anteriores.
Fuente: BCN / LeyChile ↗